Por Infracción
- Pagar la multa en la ventanilla más cercana al lugar donde se cometió la falta al Reglamento de Policía y Vialidad.
- Si el arrastre del vehículo fue con una grúa municipal, deberá hacer el pago en la misma ventanilla.
- El ciudadano deberá acreditar la propiedad del vehículo (entrega de la factura si es un vehículo nacional o título si es automóvil americano).
- Presentarse el titular.
- En caso de que fuera vehículo de persona moral deberá presentarse el representante legal.
- Se le da la orden de liberación en la ventanilla para que acuda a la pensión.
- Si el arrastre fue de una grúa particular, deberá realizar el pago en la pensión y se entrega el vehículo.
Por accidente.
- Si está puesto a disposición de Tránsito Municipal en una pensión, se hace el mismo trámite que por infracción.
- Si está puesto a disposición del Ministerio Público, es dicha autoridad quien emite la orden de liberación.